DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1°.- Objetivo
El presente Reglamento Interno es un documento normativo que regula el funcionamiento desarrollo y relaciones de los estamentos docente, estudiantil, administrativo y padres de familia, de la Unidad Educativa, en el marco de los principios de la Constiticución Política del Estado. y normas de los Tratados Internacionales y la Constitución Política del Estado vigentes del Estado Plurinacional de Bolivia. El Reglamento interno del Colegio “CRISTO REY” constituye una norma de conducta para la comunidad escolar del plantel. La filosofía del establecimiento está cimentada en la PALABRA DE DIOS. En consecuencia, en nuestra Institución debe reinar, el trabajo, el orden, la justicia, la disciplina y la puntualidad.
Art. 2°.- Alcance del Reglamento
Este Reglamento está dirigido a todo el personal directivo, docente y administrativo que se encuentra contemplado en la estructura organizativa y operativa de la Unidad Educativa; estudiantes regulares de los diferentes niveles de las mismas y padres de familia. Su cumplimiento es obligatorio para toda esta Unidad Educativa.
Art. 3°.- Bases y fundamentos Legales.
El presente Reglamento Interno se sustenta en:
• Constitución Política del Estado Plurinacional.
• Ley N° 070 de la Educación "Avelino Siñani – Elizardo Pérez", de 20 de diciembre del 2010 y sus Reglamentos.
• Código Niño, Niña y Adolescente Ley N° 2026, de 27 de octubre de 1999.
• Ley N° 045 Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, de 08 de octubre de 2010, y Decreto Supremo No. 0762 de fecha 5 de Enero de 2011 Reglamento a la Ley 045.
• Resolución Ministerial 001/2019, emitida por el Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia.

PRINCIPIOS, DEFINICIONES Y VALORES

Art. 4º El presente Reglamento tiene como lineamientos generales, principios, valores y definiciones.
PRINCIPIOS y VALORES.- Basados en la filosofía Cristo céntrica
Interculturalidad. Entendida como la interacción entre las culturas, que se constituye en instrumento para la cohesión y convivencia armónica y equilibrada entre todos los pueblos y naciones para la construcción de relaciones de igualdad y equidad de manera respetuosa. Igualdad. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derecho. El Estado promoverá las condiciones necesarias para lograr la igualdad real y efectiva adoptando medidas y políticas de acción afirmativa y/o diferenciada que valoren la diversidad, con el objetivo de lograr equidad y justicia social, garantizando condiciones equitativas específicas para el goce y ejercicio de los derechos, libertades y garantías reconocidas en la Constitución Política del Estado, leyes nacionales y normativa internacional de Derechos Humanos.
Equidad. Entendida como el reconocimiento a la diferencia y el valor social equitativo de las personas para alcanzar la justicia social y el ejercicio pleno de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
Protección. Todos los seres humanos tienen derecho a igual protección contra el racismo y toda forma de discriminación, de manera efectiva y oportuna en sede administrativa y/o jurisdiccional, que implique una reparación o satisfacción justa y adecuada por cualquier daño sufrido como consecuencia del acto racista y/o discriminatorio.
DEFINICIONES Discriminación. Se define como “discriminación” a toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de géneros, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica, social o de salud, profesión, ocupación u oficio, grado de instrucción, capacidades diferentes y/o discapacidad física, intelectual o sensorial, estado de embarazo, procedencia, apariencia física, vestimenta, apellido u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la Constitución Política del Estado y el derecho internacional. No se considerará discriminación a las medidas de acción afirmativa.
Discriminación Racial. Se entiende por “discriminación racial” a toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza o por el color, ascendencia u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar, directa o indirectamente el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Estado y las normas internacionales de Derechos Humanos, en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública y/o privada.
Acción Afirmativa. Se entiende como acción afirmativa aquellas medidas y políticas de carácter temporal adoptadas en favor de sector4es de la población en situación de desventaja y que sufren discriminación en el ejercicio y goce efectivo de los derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado y en los instrumentos internacionales. Constituyen un instrumento para superar los obstáculos que impiden una igualdad real.
Acción Preventiva. Son aquellas medidas públicas traducidas en campañas de concientización, educación y difusión de derechos humanos proyectivos contra la discriminación y cualquier forma de manifestación.
Acción Correctiva. La efectiva imposición de medidas sancionatorias o disciplinarias a los infractores, realizando el seguimiento a su aplicación y los resultados obtenidos.

REGIMEN ESTUDIANTIL

Art. 5°.- De la admisión
Los estudiantes que solicitan su admisión al Colegio Cristo Rey, en cualquier nivel requieren cumplir las condiciones prescritas por la legislación educativa vigente, que entre otros son los siguientes:
 Certificado de nacimiento del Estado Plurinacional: original y fotocopia legible.
 Libreta de calificaciones electrónica del curso anterior: original y fotocopia legible.
 Cedula de identidad, fotocopia legible.
 Carnets de identidad de los padres de familia o el respectivo nombramiento de apoderado (con carta poder).
 Otros según sea necesario.
Art. 6°.- Trasferencia de Unidad Educativa
En el proceso de inscripción, el estudiante, que solicita su transferencia de un establecimiento a otro, o de un Distrito a otro, debe presentar la siguiente documentación:
• Original y fotocopia simple de la libreta escolar electrónica debidamente firmada por la autoridad competente (1er. Bimestre)
• Formulario RUDE actualizado y validado
El traspaso de estudiantes se realizará en los dos primeros bimestres de la gestión correspondiente presentando la debida justificación. La duración del traspaso no debe exceder los cinco días hábiles.
Para el traspaso de estudiantes del exterior, durante la gestión escolar, se deberá presentar los documentos en primera instancia a la Dirección Departamental, debidamente visados por los consulados del país de origen y cancillería del Estado Plurinacional de Bolivia, para efectos de homologación y convalidación.
Traspaso a curso paralelo
El colegio cada año podrá definir los cambios y/o traspasos de alumnos a paralelos, por medidas pedagógicas y así promover la capacidad de adaptación a los cambios y fomentar la sociabilización para lograr un mejor desarrollo Integral del alumno. El traspaso también se podrá realizar por decisión y/o sugerencia del Consejo Pedagógico.
Art. 7°.- Condición de estudiante del Colegio Cristo Rey
Son estudiante del Colegio Cristo Rey los inscritos regularmente (Niveles Inicial, Primario y Secundario) que figuran en el libro de matrícula del establecimiento, con RUDE correspondiente y que están sujetos al cumplimiento de las Normas Constitucionales, de la Legislación Educativa Boliviana y del Reglamento Interno del Colegio Cristo Rey.
Art. 8°.- Conocimiento de objetivos y fines
El estudiante debe conocer el presente reglamento interno y los objetivos y fines educativos de la Unidad Educativa que están traducidos en la Visión y Misión.
Art. 9°. Valores a practicar
Los valores son principios que nos permiten orientar nuestro comportamiento en función de realizarnos como personas. Son creencias fundamentales que nos ayudan a preferir, apreciar y elegir unas cosas en lugar de otras, o un comportamiento en lugar de otro. También son fuente de satisfacción y plenitud.
El estudiante debe conocer y buscar la aplicación práctica de los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social, y de género en la participación, responsabilidad y del vivir bien.
Art. 10°.- Respeto por la normativa
Los estudiantes deben guardar respeto por la normativa institucional, a partir de los preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado, las leyes y la normativa interna Educativa, teniendo presente este Reglamento, que deberá ser conocido en su integridad por el estudiante.
Art. 11°.- Deberes del estudiante
El estudiante debe conocer los objetivos y fines Educativos del Colegio que están traducidos en su Visión y Misión Valorar y cuidar la vida como el don más sagrado. Guardar reverencia a Dios en todos los actos religiosos.
a) Acoger y respetar la diversidad cultural como riqueza, valorando la propia identidad sin prejuicios sociales ni discriminación.
b) Respetar a las Autoridades, Personal Docente, Administrativo, de Servicio y compañeros (as). Asimismo, dar un trato fraterno a los(as) estudiantes de otros establecimientos educativos, evitando causar daño moral o físico.
c) Cuidar el mobiliario y los ambientes de la Unidad Educativa, velando por su adecuado uso, conservación y mantenimiento.
d) Asistir con puntualidad y regularidad a clases, según horario y calendario establecido en la Unidad Educativa.
Horario:
TURNO MAÑANA TURNO TARDE
PRE ESCOLAR: 08:20 A 11:55 PRE ESCOLAR: 14:20 A 17:55
PRIMARIO 1º A 6º: 07:45 A 12:25 PRIMARIA 1º A 6º: 13:45 A 18:20
SECUNDARIO 1º A 6º: 07:45 A 12:30 SECUDNARIA 1º A 4º: 13:45 A 18:25
Todos los alumnos deben estar dentro del plantel cinco minutos antes del toque de timbre de entrada.
e) Presentarse con el uniforme consensuado y aceptado con los Padres de Familia, asimismo en los actos oficiales, cuidando su presentación personal, evitando accesorios no acordes con la sencillez.
f) Todo alumno debe vestir el uniforme completo todos los días de clases durante el año.
g) Alumno (a) que venga al colegio sin el uniforme no podrá ingresar a clases desde 1º de Primaria a 6º de Secundaria.
h) Permanecer en las aulas, durante el horario de clases, observando un comportamiento disciplinado y respetuoso con el docente y con sus compañeros estudiantes.
i) Poner empeño y dedicación en el estudio para lograr los niveles adecuados de rendimiento académico.
j) Guardar completa reverencia a Dios en todas las actividades religiosas.
k) Participar y colaborar en todas las actividades escolares dentro y fuera de la Unidad Educativa, con espíritu de compañerismo, solidaridad y fraternidad.
l) Obedecer las instructivas de los docentes en las distintas asignaturas, con esmero y responsabilidad, tanto en el ámbito educativo, cultural, deportivo e interacción social.
m) Traer solo el material escolar que se necesite para cada asignatura y responsabilizarse del manejo y cuidado de sus pertenencias.
n) Respetar los bienes de sus compañeros(as) y los de la Unidad Educativa.
o) Prestigiar al colegio con su conducta personal o de grupo organizado, demostrando dentro y fuera del colegio una vida sana y una moral buena, como práctica de su formación cristiana cuyos principios están basados en la Palabra de Dios, no proferirá gritos, insultos ni palabras obscenas, golpes a sus compañeros, ni juegos bruscos en los recreos, en las formaciones, y a la salida de las aulas del colegio.
p) Durante la salida y desconcentración en la calle, debe guardar, siempre la mayor compostura y buenos modales, no debe quedarse en las aceras e inmediaciones del colegio
q) Evitar las peleas o armar tumultos dentro o fuera del colegio.
r) No se permite jugar con balones en la hora de entrada, recreo y salida.
s) El colegio no se responsabiliza de la pérdida de objetos de valor como ser: calculadoras, celulares joyas o de dinero que no hubieran sido confiados para su custodia a la Dirección de Disciplina.
t) No se permiten fiestas, kermes y/o reuniones dentro ni fuera del colegio, por tal motivo, como Institución educativa cristiana estos hechos No son permitidos y según normativa por la Ley del código Niño, niña, Adolescente, en los art. 169 al 171 “Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas a niños, adolescentes y jóvenes” para el buen desarrollo Integral de los mismos.
u) Toda inasistencia debe ser justificada con la licencia escrita y firmada por el padre de familia o apoderado a través de la agenda del colegio, único documento reconocido por los profesores, debe indicar el motivo.
v) Para licencias prolongadas, enviar una carta explicativa y un compromiso de nivelación de su hijo (a)..
w) El colegio no aprueba las fiestas de promoción por estar prohibido por las autoridades educativas, por tal motivo como Institución educativa cristiana estos hechos No son permitidos y según normativa por la Ley del código Niño, niña, Adolescente, en los art. 169 al 171 “Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas a niños, adolescentes y jóvenes” para el buen desarrollo Integral de los mismos.
x) El colegio no alienta los viajes de promoción ni se responsabiliza en caso de que los padres deseen que se realice. Esta actividad está prohibida por el Ministerio de Educación y establecida en el régimen de conducta cristiana.
Art. 12°.- Derechos del estudiante
a) Recibir una educación integral con principios y valores cristianos y sólida preparación académica impartida por profesores competentes.
b) Vivir en un ambiente de armonía, donde se sienta acogido y respetado como persona.
Ser tratado con respeto, comprensión y bondad, en coherencia con "la pedagogía", velando por su seguridad física, psicológica, emocional y espiritual. Ser apoyado y acompañado en su proceso de aprendizaje y en los ámbitos psicológico y emocional.
c) Recibir un trato digno, respetuoso, tolerante y justo, sin discriminación alguna por razones de raza, cultura, género, sexo, idioma, religión, doctrina política, situación socio-económica o de otra índole, por parte estudiantes, docentes y personal administrativo.
Ser agente activo en la vida escolar según corresponda a su edad.
d) Elegir y ser elegido para las organizaciones de estudiantes, participando en mesas directivas de curso; de acuerdo al reglamento establecido para este efecto por la Unidad Educativa; para la realización de actividades formativas, culturales, artísticas y deportivas, en el marco de la línea educativa de la institución.
e) Recibir la valoración adecuada de su desempeño académico y tener la posibilidad de apelar ante la autoridad competente del Colegio, en caso de una situación que no se considere justa.
f) Tener una orientación y acompañamiento escolar personal adecuado en el proceso de su educación, con el respeto a su persona.
g) Ser evaluado adecuadamente para orientar su proceso de aprendizaje, pudiendo solicitar la devolución de exámenes y trabajos prácticas.

PROCEDIMIENTOS A CUMPLIR POR ESTUDIANTES.

1.- Asistencia.-
Los estudiantes deben asistir con puntualidad y regularidad a clases, según horario y calendario del Colegio. De acuerdo a disposiciones de La Ley 070 la asistencia de las y los estudiantes a todos los procesos Educativos de las diferentes áreas de saberes y conocimientos del Plan de estudio es obligatorio.
Los procesos de evaluación deben considerar la asistencia regular al momento de la valoración cualitativa y cuantitativa.
Solo serán justificadas aquellas inasistencias notificadas oportunamente al Colegio y solo en los siguientes casos:
a) Enfermedad (se requiere presentación de certificado médico )
b) Participación en los Juegos Deportivos Estudiantiles Plurinacionales, en el festival Estudiantil Plurinacional, de interpretación poética y en la Olimpiada Científica Plurinacional de Bolivia de conformidad con las listas oficiales del Colegio en las que se autoriza su asistencia a estos eventos. En estos casos las Direcciones Técnicas facilitarán la reprogramación de las evaluaciones y / o entrega de trabajos prácticos dentro de los tres días después de su re-incorporación a clases.
c) Representación Departamental / Nacional / Internacional en algún evento. En este caso, el estudiante debe seguir los siguientes pasos, caso contrario no se otorgará la licencia correspondiente: Presentar una carta del Club o Asociación a la Secretaria del ciclo correspondiente, mediante la cual se solicitará la participación del estudiante para una representación Departamental / Nacional/ Internacional.
d) Llenar y firmar el formulario de solicitud de permiso (recoger del Colegio). Toda ausencia bajo este permiso está sujeta a que es RESPONSABILIDAD DEL ESTUDIANTE el re-programar sus evaluaciones y/o entrega de los trabajos prácticos, dentro de las 2 semanas DESPUÈS de su re-incorporación a clases.
2.- Ausencias.-
Se hará conocer a Secretaria del Nivel correspondiente toda licencia o ausencia hasta hrs.10:00 a.m. con posterioridad a esta hora no se aceptará justificación alguna.
Para el turno de la tarde hasta las 15:00 horas.
3.- Atrasos.-
• Se espera que los estudiantes lleguen puntualmente al Colegio. Todo estudiante de Secundaria que llegue tarde al Colegio deberá permanecer en Biblioteca y el estudiante de Primaria permanecerá en la Secretaria de Inicial o de Primaria hasta el cambio de hora, a menos que tenga alguna evaluación, presentación o trabajo durante el primer periodo de clases.
• Después del quinto retraso acumulado e injustificado, el estudiante deberá retirarse de las instalaciones del Colegio. Se comunicará y coordinará con los padres de familia o tutor su retiro.
Atrasos justificados que posibilitan su ingreso a clases:
• Retrasos por algún bloqueo con movilización social.
• Motivos de salud (análisis o algún tratamiento) previa presentación del certificado o recetario médico.
4.- Ingreso al aula.
Los estudiantes deben ser puntuales en los cambios de hora. Existe una tolerancia de 3 minutos, pasado este tiempo el estudiante ingresará al aula acatando las disposiciones del profesor y la Dirección correspondiente.
5.- Solicitud de salidas en horario de clases.
Todo estudiante que se retire durante las horas de clases, debe entregar a Secretaria de Nivel su agenda con una nota de solicitud correspondiente firmada por el padre de familia o tutor, hasta hrs. 10.00 a.m. posteriormente, el estudiante debe recoger la boleta de autorización con la firma de la Dirección correspondiente. Esta boleta debe ser presentada al regente y/o secretaria del colegio.
6.- Uniforme Institucional.
El uniforme es CONSENSUADO entre padres de familia y Colegio. De no portarlo como está acordado y establecido, no se permitirá al estudiante el ingreso a clases.
Uso diario.
Alumnos: Polera del Colegio y pantalón azul.
Alumnas: Polera del Colegio, falda pantalón hasta la rodilla color blanco. Conforme a modelo.
Nota.- Se exige al estudiante vestir con el uniforme completo. No está permitido el uso de prendas deportivas en estas ocasiones.
Uniforme de Invierno.
Se permitirá el uso adicional de chamarras y/o abrigos de color azul. Sin embargo, el estudiante deberá continuar utilizando debajo también las prendas Institucionales.
Uniforme Deportivo.
Alumnos: Polera de Colegio, short y zapatos deportivos.
Alumnas: Polera del Colegio, bermuda y zapatos deportivos.
Uniforme Escuela Deportes.
Las prendas del uniforme de la escuela de deporte son de uso exclusivo durante sus horarios.
7.- Apariencia Personal.
Los estudiantes deben mostrar pulcritud y aseo personal.
Varones: No está permitido que usen en los predios del Colegio o en actividades del Establecimiento: Pantalones: raperos, rasgados, rotos, solo modelo clásico, la polera debe ir dentro del pantalón, anillos, aretes u otro tipo de arreglos similares que llamen la atención. El cabello lo deberán llevar corto y mantener una apariencia de aseo y cuidado en todo momento; tampoco está permitido que los estudiantes varones tengan cortes, ni tintes de cabello que no correspondan a los cánones normalmente aceptados.
Mujeres.-No está permitido que los pantalones que usan como parte del uniforme, en días acordados sean de corte cadera pronunciado; la falda pantalón el largo deberá ser hasta la rodilla. No está permitido que usen en los predios de Colegio o en actividades del establecimiento, anillos, aretes u otro tipos de arreglos similares que sean excesivos y llamen la atención. Tampoco está permitido en las alumnas que tengan cortes ni tintes de cabello que no correspondan a los cánones normalmente aceptados.

REGULACIONES

ACADÈMICAS 1.- Uso de Agenda.
Es obligación de todo estudiante (Primaria, Secundaria) utilizar y portar la agenda todos los días.
Boletines de Notas.
Dentro del marco de las Disposiciones Legales en materia, todos los Niveles se ajustan a las regulaciones y disposiciones del Ministerio de Educación dentro de un Sistema Bimestral de calificaciones con una escala valorativa de 1 a 100 puntos. Los boletines serán entregados personalmente al Padre de Familia oportunamente de acuerdo a disposiciones de cada Nivel y en horario especial.
Evaluación.
El nuevo reglamento de evaluación señala que es: Integral, holística, científica, dialógica y reflexiva, orientadora, flexible, permanente, transparente, cualitativa y cuantitativa. Es continua y sumativa. La evaluación contiene cuatro dimensiones del estudiante.
SER.
En está dimensión se valora:
La expresión de actitudes, sentimientos, emociones y pensamientos. Las prácticas de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género. Desarrollo y fortalecimiento de su identidad personal, familiar y de relaciones interculturales e interpersonales.
SABER.
En esta dimensión se valora:
La capacidad de comprensión de saberes y conocimientos propios y diversos de manera crítica, reflexiva y propositiva .La aplicación de los conocimientos científicos, tecnológicos y artísticos.
HACER.
En esta dimensión se valora:
El conjunto de habilidades y destrezas para la resolución de problemas, de la realidad, a través de la investigación científico-tecnológico e innovación en las diferentes áreas del conocimiento, para contribuir de manera crítica, compleja y propositiva, desde diferentes saberes y campos del conocimiento.
DECIDIR.
En esta dimensión se valora:
La capacidad de tomar decisiones a partir de la lectura de la realidad y con pertinencia en tiempo y espacio. La capacidad de organización estableciendo consensos, el compromiso social y las prácticas de cambio y transformación. La posición crítica sobre hechos sociales, históricos y la realidad de su entorno. El decidir articula en complementariedad con el ser y en relación con el saber y el hacer.
Estas competencias representan una combinación dinámica de conocimientos, comprensión, habilidades y capacidades.

DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art. 13°.- Condición de padres de familia
Padres de familia de los estudiantes del Colegio Cristo Rey, son aquellos padres o apoderados que tiene su hijo(a) inscrito(a) legalmente en uno de los niveles de enseñanza de la Institución.
Art. 14°.- Deberes de los padres de familia
a) Conocer y participar en la implementación de los Proyectos de la Unidad Educativa.
b) Respetar la Estructura, Organización y Funciones del personal académico y administrativo de la Unidad Educativa.
c) Respetar y cumplir con el Reglamento Interno y las instructivas emanadas por la Unidad Educativa.
d) Tener un trato respetuoso y cordial con directivos y docentes de la Unidad, así como con los demás padres de familia.
e) Asistir a las reuniones convocadas por la Institución y ser responsable con los compromisos con el Colegio.
f) Acompañar y apoyar el proceso de enseñanza-aprendizaje de su hijo(a), con esmero y responsabilidad.
g) Garantizar la asistencia regular de su hijo(a) a clases en los horarios establecidos, dotarle del material requerido para las diversas asignaturas y del uniforme establecido.
h) Justificar mediante nota escrita los atrasos o inasistencias de sus hijos.
i) Solicitar permisos por teléfono solo en casos de emergencia.
j) Guardar en todo momento y circunstancia, respeto al nombre y prestigio de la Institución Educativa.
k) No enviar encargos y mensajes, material escolar, comestibles, etc. a los estudiantes durante el desarrollo de las clases.
l) Cualquier reclamo o sugerencia debe ser presentado en forma verbal o escrito respetando el conducto regular vigente en la Unidad Educativa.
m) Apoyar la participación de su hijo(a) en todas las actividades organizadas por la Unidad Educativa, y en caso necesario por medio de una autorización escrita.
n) Presentarse en la Unidad Educativa, cuando sea convocado por los docentes, asesores o autoridades de la Unidad y en el horario de atención a Padres.
o) Devolver firmada las agenda, notificaciones, exámenes u otros documentos en los que sea requerida su suscripción, revisar diariamente la agenda ya que es el nexo de comunicación profesor – padre de familia.
p) Cumplir puntualmente con el pago de las pensiones.(cuando corresponda)
NUMEROS DE CUOTAS MENSUALES.
“El padre de familia“ o apoderado, tutor, custodio o encargado, debe firmar el contrato de Prestación de Servicios, mediante el cual asume y declara ser el único obligado y responsable en el pago de las cuotas mensuales; Como paga por esta Prestación de Servicios Educacionales el padre de familia asume la total y absoluta exclusiva responsabilidad personal del pago puntual de 10 cuotas mensuales.
Plazos para el pago de las cuotas mensuales.
El pago de las 10 cuotas mensuales el padre de familia debe cancelar hasta los PRIMEROS DIEZ DÌAS DEL MES CORRESPONDIENTE.
En caso de incumplimiento en el pago puntual de dos o más cuotas mensuales el padre de familia incurrirá en mora.
Cada caso tendrá su consideración y proceso interno.
Art. 15°.- Derechos de los padres de familia
a) Conocer periódicamente el desempeño de su hijo(a), en todas las actividades educativas.
b) Ser atendidos de manera personalizada por los directivos y docentes de la Unidad Educativa, en lo concerniente a la situación de su hijo(a).
c) Solicitar los documentos e instrumentos de evaluación de su hijo(a) y en caso de irregularidad apelar a los Directivos de la Unidad Educativa.
d) Participar y tener la posibilidad de elegir y ser elegido en las Directivas de padres de familias. La Directiva de padres de la Promoción es la representante del Colegio Cristo Rey.

REGIMEN DE BECAS Y PENSIONES

Art. 16°.- Otorgación de becas
La Unidad Educativa en conformidad con su Filosofía Cristo céntrica, fundamentada en sus valores y el respeto a la normativa establecida por el Ministerio de Educación, otorga becas de estudio que responden a un principio de ayuda solidaria y estímulo a los estudiantes que muestran un buen rendimiento académico.
a) Tercer hermano
b) Los tres mejores alumnos de primaria y secundaria
Art. 17°.- Número y nivel de pensiones (en los tres niveles)
El Padre de Familia deberá firmar un contrato de compromiso, asumiendo la responsabilidad del pago de pensiones en forma regular.
Las pensiones constan de 10 cuotas mensuales, deberán ser canceladas mediante la Entidad Financiera “Banco Económico” en todas sus agencias.
El incremento de las pensiones para la nueva gestión dependerá de la autorización del Ministerio de Educación.

REGIMEN DISCIPLINARIO EN APLICACIÓN DE LA LEY 045 Y DS. 0762

Art. 18°.- De la Disciplina
La disciplina y el orden en el Colegio Cristo Rey son la base para el desarrollo de una convivencia armónica entre todos los componentes de la ComUnidad Educativa. Debe ser el resultado de un esfuerzo común, de la responsabilidad personal de cada estudiante, docente, funcionario administrativo, padres de familia y/o apoderados, esta norma disciplinaria está basada y respaldado por la ley 045 y DS 0762.
Art. 19.- Tipificación de Faltas
Se consideran faltas a las contravenciones realizadas a las normas de conducta de las personas en el seno de una comunidad y al incumplimiento de los deberes establecidos para cada estamento de la Unidad Educativa. Las faltas se clasificaran como leves, graves y muy graves.
Art. 20°.- Faltas leves del estudiante Se consideran faltas leves aquellas en las que se incurren en el acontecer diario de la vida de la Unidad Educativa, de manera no frecuente y sin intencionalidad negativa, tales como:
a) No asistir a clases o tener retrasos no justificados oportunamente por el Padre de Familia y/o Apoderado.
b) Causar, fomentar o participar en desorden que afecten el proceso de enseñanza - aprendizaje en el aula o en aulas contiguas.
c) Permanecer en el aula durante el recreo.
d) Ausentarse de la clase sin permiso previo del (a) profesor(a) encargado(a) de la clase.
e) Ingresar al aula que no le corresponde sin autorización.
f) Presentarse a la U.E. sin los materiales necesarios para el trabajo escolar.
g) Realizar trabajos que no corresponden al tema tratado en clase, distrayéndose y distrayendo a sus compañeros.
h) No entregar a sus padres las circulares, papeletas y demás comunicaciones. No traer la agenda firmada como constancia de recepción de la comunicación por parte de los padres.
i) Solicitar vía telefónica un trabajo o material olvidado sin la debida autorización.
j) Usar celulares en horas de clase. El colegio no se responsabiliza por la pérdida de celulares u objetos que no hayan sido custodiados por la dirección de disciplina.
k) Vender objetos y/o productos de cualquier tipo al interior de la Unidad Educativa.
Art. 21°.- Sanciones a las faltas leves del estudiante
Las faltas leves conllevan a la imposición de una de las siguientes sanciones:
a) Reflexión por parte del docente o asesor
b) Amonestación verbal en privado por parte del docente o tutor/asesor.
c) Realización de un trabajo reflexivo de ayuda con Consejería espiritual y psicológica con el estudiante y por un tiempo determinado que define la Dirección del Nivel
Art. 22°.- Faltas graves del estudiante
Son faltas graves aquellos actos que van en contravención de los principios éticos, morales y sociales de la Unidad Educativa que afectan significativamente el proceso de desarrollo de la persona que los comete, así como a otras personas de la comunidad, tales como:
a) Reincidencia de faltas leves, no obstante las sanciones aplicadas.
b) Presentarse en la Unidad Educativa o en acto público en estado inconveniente.
c) Promover o sostener reyertas al interior o en inmediaciones del Colegio.
d) Realizar amenazas de golpear o de hacer golpear a sus compañeros (as).
e) Traer a la U.E. mp3-5, Ipods, filmadoras, celulares, discman, tablets, objetos de valor, excesivas sumas de dinero o juguetes. En concordancia con el art. 104 de la RM 001/15.
f) Uso inadecuado de celulares que perjudique a sus compañeros o al personal de la Unidad Educativa.
g) Realizar acciones que causen daño moral o físico: apodos, insultos, excluir a los compañeros del grupo y/o juegos violentos.
h) Crear, incitar o publicar material en páginas web, blogs, redes sociales y demás medios que ofendan o generen comentarios irrespetuosos sobre la Institución y/o miembros de la comUnidad Educativa
i) Dirigirse al personal directivo, docente, administrativo o de servicio de forma inadecuada faltando a las normas de cortesía y urbanidad. Actuar con altanería y burla.
j) Cometer fraudes en las evaluaciones y tareas.
k) Adulterar las notas y/o falsificar las firmas en las evaluaciones, boleta de calificaciones, papeletas, permisos y justificaciones.
l) Actuar deshonestamente en las evaluaciones generando situaciones confusas; presentar trabajos, cuadernos o carpetas ajenas, haciéndolas pasar como propias.
m) Salir de la Unidad Educativa durante el horario escolar sin autorización de la Dirección Académica correspondiente, burlando la vigilancia del guardia.
n) Deteriorar, rayar, romper o malograr la infraestructura, equipos, mobiliarios, materiales, libros y otros de la Unidad Educativa
o) Mostrar actitudes inadecuadas entre parejas de enamorados, u otras dentro de la Unidad Educativa
p) Proferir gritos, insultos, golpear a los (as) compañeros (as), jugar bruscamente durante los recreos, en las formaciones, a la salida de las aulas y durante la desconcentración en la calle, sin guardar compostura y buenos modales.
q) Abrir mochilas o maletines ajenos sin respetar la propiedad ajena.
r) Hurtar dinero o pertenencias de sus compañeros o del personal.
s) Tener y usar objetos que puedan causar daño moral o físico: material pornográfico e indecoroso.
t) Desprestigiar con hechos o palabras el buen nombre de la Unidad Educativa.
u) Integrar pandillas o grupos que atenten contra su integridad personal y la de otras personas.
v) Utilizar vocabulario inadecuado, expresiones vulgares, ordinarias o de doble sentido.
w) Escribir palabras soeces en los baños, paredes y mobiliario del colegio.
x) Fumar en predios del Colegio, en el auto bus o en otra actividad organizada por el establecimiento.
y) No asistir a clases estando en el Colegio.
Art. 23°.- Sanciones a las faltas graves del estudiante
a) Compromiso escrito del estudiante de no reincidir en la falta, en presencia de sus padres o apoderados.
b) Suspensión temporal de 3 a 5 días calendario, de acuerdo a la gravedad de la falta.
c) En caso de causar daño a la infraestructura, equipo o material de la Unidad Educativa, el estudiante debe hacerse cargo de su reparación.
d) Decomiso de los objetos de valor o instrumentos causantes del hecho.
Su aplicación corresponde a la Dirección de Disciplina y Departamento Psicopedagógico.
Art. 24°.- Faltas muy graves del estudiante.
Son faltas muy graves las que afectan la integridad moral, psicológica y/o física, de los estudiantes que incurren en ella, de otros miembros de la comunidad o de personas ajenas a la misma, tales como:
a) Reincidencia en faltas graves
b) Estado de ebriedad al interior del establecimiento.
c) Robos o hurto al interior del establecimiento
d) Agresión física a otros miembros de la ComUnidad Educativa
e) Pertenecer o formar pandillas delictivas
f) Compra - venta y/o consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillos, estupefacientes y sustancias controladas en el interior del establecimiento.
g) Tenencia de armas blancas y de fuego.
h) Manifestaciones de discriminación, racismo, bullyng o acoso contra sus compañeros, profesores, autoridades, empleados y trabajadores del Colegio.
Art. 25°.- Sanción a las faltas muy graves del estudiante
Una vez comprobado el hecho y circunstancias de las faltas muy graves se procederá al retiro definitivo del estudiante de la Unidad Educativa. Su aplicación corresponde a la Dirección y el Consejo de Docentes.
Art. 26°.- Faltas de los padres de familia
Las faltas de los padres de familia constituyen contravenciones a la normativa interna de la Unidad Educativa y que afecten su normal desenvolvimiento.
A continuación se describen faltas en las que no deben incurrir los padres de familia:
a) Ingresar a las aulas sin el permiso respectivo.
b) Intervenir en la dirección, organización y administración de los asuntos técnico - pedagógicos y administrativos por ser estos propios de la Institución Educativa.
c) No dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en el contrato firmado en el momento de la inscripción.
d) Realizar comentarios que atenten contra la honra y moral de cualquier miembro de la Unidad Educativa.
e) Inasistencia a reuniones y entrevistas convocadas por las autoridades del Colegio.
f) Presentarse en estado de ebriedad, promover o sostener reyertas al interior del Colegio.
g) Malversación de fondos del curso al que pertenece su hijo(a) u otra actividad relacionada con el Establecimiento.
h) Agresiones verbales fundadas en motivos racistas y/o discriminatorios.
i) Incumplir con su responsabilidad en el seguimiento académico y conductual de su hijo (a).
j) Incumplir con el recojo de boletines de calificaciones en fechas previstas de entrega.
k) Denuncias injustificadas a profesores, administrativos y personal de servicio.
l) Resolver por cuenta propia asuntos que son de absoluta responsabilidad de la Institución.
Art 27°.- Sanciones a los padres de familia
a) Amonestación en privado
b) En caso de suma gravedad retiro inmediato y definitiva de su hijo(a) del establecimiento. La aplicación corresponde a la Dirección de la Unidad Educativa, después de realizar el análisis de caso con el Consejo de Profesores.

DISPOSICIONES FINALES

Art.28°.- Vigencia del presente Reglamento
El presente Reglamento tendrá vigencia, a partir de la fecha de su aprobación formal por parte de la Asamblea General, por un periodo de dos años.
Art.29°.- Modificaciones al Reglamento
Aspectos no contemplados o modificaciones al presente Reglamento serán tratados y resueltos por los representantes de los Padres de Familia y Profesores, para su aprobación en Consejo Pedagógico.